Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2015-S1
Fecha: 30-Mar-2015
II.5.
II.5. La Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal de El Alto, a petición del accionante informó que se radicó la causa penal cuando ya concluyó la fase preparatoria, por esto en actos conclusivos dictó la Resolución 206/2014 de 8 de mayo, que saneó el proceso; sobre la situación jurídica del imputado estableció que tenía detención domiciliaria conforme Resolución 363/2013 de 26 de julio; empero, nunca se pronunció sobre la solicitud de revocatoria de las medidas cautelares (fs. 45).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- indebida persecución o privación de libertad
- el carácter correctivo, tiene por objeto evitar se agraven las condiciones de una persona detenida
- evitar se agraven las condiciones de una persona detenida
- probablemente autora de una infracción
- atribución privativa del juez que ejerce el control jurisdiccional
- atribución de la jurisdicción ordinaria
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR