SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2015-S3

Fecha: 27-Mar-2015

a)

René Vicente Arzabe Soruco, en mérito al Testimonio de poder 912/2014 de 8 de agosto, se apersonó en representación de Teresa Portillo Vega y en audiencia ratificó la demanda constitucional, enfatizando los siguientes aspectos: a) El incidentista se limitó a oponer el incidente para luego desaparecer y si bien la Jueza a quo dio cumplimiento al art. “…55 del Código Civil…” (sic), citando mediante edictos a todos los herederos de la demandada, debió tenerse en cuenta que no se apersonó ninguna persona; b) De forma ilegal se anuló obrados, sin tomar en cuenta el enorme gasto que fue erogado y sin exigir al incidentista la prueba que acredite el vínculo de parentesco con la demandada; y, c) Respecto al Juez ad quem, éste sin mayor fundamento confirmó la nulidad, vulnerando el principio de seguridad jurídica.