SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2015-S3

Fecha: 27-Mar-2015

II.3.

II.3.  Teresa Portillo Vega -ahora accionante-, el 17 de septiembre de 2013, interpuso recurso de apelación contra la Resolución 342/2013, expresando lo siguiente: i) Bajo el principio de trascendencia, no debió admitirse la nulidad, por no existir perjuicio, ni perspectivas para obtener algún beneficio, al estar la Sentencia ejecutoriada, antes del fallecimiento de la demandada; ii) No tenía conocimiento del fallecimiento de Victoria Romero Molina, pues la misma se apersonó al proceso e interpuso de forma maliciosa dos incidentes de nulidad; el incidentista dijo ser hijo de la demandada sin presentar mayores elementos de prueba, lo que constituyó una conducta inmoral; iii) Los actos fueron convalidados por el transcurso del tiempo, precluyendo cualquier reclamo, por no obrarse con oportunidad; y, iv) La Resolución dictada, le generó un serio perjuicio; toda vez que, a la fecha invirtió alrededor de $us16 000.- (dieciséis mil dólares estadounidenses) los cuales no tiene conocimiento cómo le serán devueltos, sino existen herederos (fs. 158 a 159).