SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2015-S2
Fecha: 20-Mar-2015
II.1.
II.1. Según Informe de acción directa del Investigador asignado al caso, dirigido al Director de la FELCC, el 19 de julio de 2014, fue conducido a dichas dependencias Jorge Álvaro Gonzáles en calidad de aprehendido por el delito de falsedad material, quien a través de Facebook ofrecía licencias de conducir en la suma de Bs.-1600.- ( un mil seiscientos bolivianos), indicando ser funcionario del Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), y que solo necesitaban presentar como requisitos tres fotocopias de la cédula de identidad, tres fotografías fondo rojo y blanco y el tipo de sangre; así de la entrevista verbal realizada al aprehendido, éste refirió que realizaba la fabricación de las licencias juntamente a Miguel Ángel Choque Gonzales, por lo que se trasladaron al lugar señalado, tomando contacto con Ramiro Huanaco Villca, quien fue encontrado en posesión de entre otras cosas, dos cédulas de identidad presumiblemente falsas (fs. 3 a 4).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y el debido proceso
- III.2.
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo