SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2015-S2
Fecha: 20-Mar-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, estima lesionado el derecho y garantía del debido proceso, vinculado directamente con la restricción a la libertad física y de locomoción de su representado, aduciendo que como efecto de la injusta imputación efectuada por la Fiscal de Materia codemandada, se encuentra con detención preventiva, medida dispuesta por el Juez Décimo de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba, que sin observar y aplicar de forma correcta la ley, le impuso dicha medida y que recurrida la misma en apelación, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia del mismo departamento -no obstante de estar advertidos de los errores del Juez a quo-, declararon improcedente la apelación, al considerar que no existía la insuficiente fundamentación alegada por su parte.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y el debido proceso
- III.2.
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo