SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2015-S2

Fecha: 20-Mar-2015

II.3.

II.3.  El 20 de julio de 2014, la Fiscal mencionada en la Conclusión anterior, informó del inicio de investigaciones, imputó formalmente y solicitó la aplicación de detención preventiva para Jorge Álvaro Gonzáles, considerando la procedencia de dicha medida, dado que el ilícito de falsedad material constituye delito de acción pública, previsto en el         art. 233.1 y 2 del CPP, referidos a la existencia de suficientes elementos de convicción para sostener que el imputado es con probabilidad autor o partícipe del hecho y que no se someterá al proceso u obstaculizará la averiguación de la verdad, dado que no acreditó contar con familia, ni trabajo constituidos (fs. 10 a 11).