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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2015-S2

    Fecha: 20-Mar-2015

    Fragmento 13

    De los antecedentes del proceso, se establece que Félix Bellido Montesinos solicitó mediante memorial de 4 de septiembre de 2014, audiencia de cesación a la detención preventiva, señalando el Tribunal de Sentencia Penal de Quillacollo, para el 26 del referido mes y año, con lo que se notificó al accionante el 9 del citado mes y año; es decir, después de catorce días, argumentando que existía recarga procesal.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Principio de celeridad en audiencias de cesación a la detención preventiva
    • III.2.  La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • III.3.  Sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • CONFIRMAR

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