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    AUTO CONSTITUCIONAL 0106/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0106/2015-RCA

    Fecha: 30-Abr-2015

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución 112/15 de 25 marzo de 2015, cursante de fs. 188 a 189, pronunciada en la acción de amparo constitucional interpuesta por Marlene Rosmery Paredes Castillo contra la Caja de Salud de Caminos Y Ramas Afines (R.A.) del departamento de La Paz, representada por Fernando Víctor Salazar Patzi, Director Ejecutivo Regional de la mencionada Caja de Salud. 

    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • mprocedencia
    • improcedencia
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • Por la protección especial de la que gozan la mujer embarazada y el progenitor-trabajador, hasta que el hijo o hija cumpla un año de edad, el principio de subsidiaridad de la acción de amparo constitucional no es aplicable en razón a los derechos que tutela de la mujer embarazada, lactante o hasta el año de nacimiento del nuevo ser
    • III.2.  Análisis de la resolución impugnada

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