AUTO CONSTITUCIONAL 0106/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0106/2015-RCA

Fecha: 30-Abr-2015

mprocedencia

La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 112/15 de 25 de marzo de 2015, cursante de fs. 188 a 189, declaró la improcedencia de la acción de amparo de amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: 1) Encontrándose en etapa de ejecución el proceso laboral seguido en contra de la entidad demandada, “…se encuentra aperturado la competencia ordinaria correspondiente al Juez del Trabajo, como autoridad de primera instancia…” (sic) para la ejecución de las resoluciones pasadas en autoridad de cosa juzgada, teniendo los medios y recursos que la ley franquea para el cumplimiento de resoluciones judiciales, debiendo agotarse la mismas; y, 2) La accionante no observó la regla de subsidiariedad ni las subreglas de improcedencia que rigen la acción de amparo constitucional.