AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015-ECA

Fecha: 17-Abr-2015

A los puntos 3) y 5)

A los puntos 3) y 5).- Corresponde remitirse a los fundamentos y parte resolutiva de la SCP 0281/2015-S1, como a las aclaraciones efectuadas precedentemente, al estar claro que este Tribunal Constitucional Plurinacional ha dispuesto la continuidad de la sesión de 9 de abril de                    2014 a objeto de tratar el tema de la Presidencia del Tribunal                Agroambiental, y será ahí donde en definitiva se determine quién será su Presidente o Presidenta, pues este Tribunal fue claro cuando el párrafo in fine del Fundamento Jurídico III.2. estableció: “Ahora bien, respecto a la duración del mandato, de una interpretación literal y teleológica, debe comprenderse que la norma establece un máximo de mandato, pero no un mínimo, disposición que a la luz de la Constitución se infiere ha sido                  creada por el legislador ordinario para otorgar mayor eficacia a la gestión               de los magistrados y que a la vez en un plano de equilibrio y salud institucional el Presidente responda en todo momento a la confianza   otorgada mediante el voto del Pleno de quien depende. Aspecto que                 deberá ser considerado por la Sala Plena del Tribunal Agroambiental que                es la máxima instancia decisional de la institución”.