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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015-ECA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015-ECA

    Fecha: 17-Abr-2015

    II.2.  En cuanto a la Aclaración a petición de parte

    Los accionantes dentro del plazo legal han solicitado aclaraciones a la SCP 0281/2015-S1, tal cual se tiene descrito en el punto I de la Presente Resolución referido al “Contenido de la Solicitud de Aclaración”; no obstante, a objeto de establecer un orden y coherencia que permita una mayor compresión, se procede a resolver las mismas de la siguiente manera:

    • aclaración
    • I.
    • 2.
    • 3.
    • 4.
    • Artículo 13. (ACLARACIÓN, ENMIENDA Y COMPLEMENTACIÓN)
    • II.2.  En cuanto a la Aclaración a petición de parte
    • A los puntos 1) y 2)
    • dispuso el tratamiento de la              Presidencia en
    • sea en un plazo no mayor a cinco                días hábiles
    • A los puntos 3) y 5)
    • Al punto 4)
    • II.3.  En cuanto a la Aclaración de oficio
    • HA LUGAR en parte

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