AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015-ECA

Fecha: 17-Abr-2015

Artículo 13. (ACLARACIÓN, ENMIENDA Y COMPLEMENTACIÓN)

Conforme a las normas anotadas, la aclaración, enmienda y complementación, se encuentra instituida como un medio por el que las partes accionante, pueden solicitar al Tribunal Constitucional Plurinacional, se precise conceptos oscuros, corrija errores materiales o subsane alguna omisión de la sentencia, sin afectar el fondo del fallo emitido, como también puede hacerse de oficio por el Tribunal Constitucional Plurinacional; ello a objeto de disipar dudas y que la ejecución del fallo sea lo más claro posible, evitando así futuras divergencias que pudieran surgir.