De conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo establecido, el suscrito Magistrado manifiesta su voto aclaratorio en relación a la DCP 0101/2015 de 08 de abril, bajo los siguientes argumentos d
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

De conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo establecido, el suscrito Magistrado manifiesta su voto aclaratorio en relación a la DCP 0101/2015 de 08 de abril, bajo los siguientes argumentos d

Fecha: 08-Abr-2015

régimen electoral municipal

De lo enunciado anteriormente, se puede evidenciar que la Ley Fundamental establece un marco normativo general para la revocatoria de mandato; habiendo dispuesto en su catálogo competencial que el régimen electoral municipal es una competencia compartida y como competencia exclusiva de los gobiernos autónomos municipales, en materia electoral, la iniciativa y convocatoria de consultas y referendos.