Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2015-S3
Fecha: 10-Abr-2015
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El representante del accionante, señaló como vulnerados los derechos de éste, al debido proceso en su componente tutela judicial efectiva, al “debido proceso legal” y a la defensa; citando al efecto, los arts. 115, 117.I y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE), 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.3. Intervención del Tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- toda persona que recurre en busca de la tutela que otorga dicha garantía constitucional acredite debidamente su legitimación activa; es decir, que demuestre conforme exige el ordenamiento jurídico, que los efectos del acto ilegal o indebido que denuncia hubieran recaído directamente en un derecho fundamental suyo
- III.2.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR