Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2015-S3
Fecha: 08-Abr-2015
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 06/2014 de 19 de septiembre, cursante de fs. 17 a 19, pronunciada por el Juez Noveno de Partido, de Sentencia Penal y Liquidador del departamento de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada tramite y resuelva la solicitud del accionante en el término de tres días, salvo que la situación jurídica del mismo ya se hubiese determinado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- deberá fijar la audiencia con la prontitud que el caso aconseja, o en su caso, dadas las circunstancias que puedan presentarse, dentro de un plazo razonable. En ese contexto, tanto autoridades judiciales, fiscales u otras autoridades administrativas, deben atender las solicitudes y trámites en los que esté de por medio el derecho a la libertad,
- III.2.
- REVOCAR