SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0376/2015-S3
Fecha: 08-Abr-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado del accionante en audiencia ratificó íntegramente los fundamentos expuestos en la presente acción de defensa y ampliándolos refirió que las medidas cautelares que establecen la detención preventiva tienen la característica de temporalidad y excepcionalidad; el art. 240 del CPP, señala los parámetros para determinar las medidas sustitutivas a la detención preventiva y la SCP 0827/2013 de 11 de junio, cambió la jurisprudencia constitucional refiriendo que ya no es necesario desvirtuar los riesgos procesales, siendo exigible únicamente el transcurso del tiempo, la misma se encuentra basada en normativa internacional; asimismo, el art. 133 del señalado Código, hace referencia a la duración máxima del proceso, debiendo aplicarse medidas sustitutivas a la detención preventiva. Al concluir, el abogado del accionante hizo referencia a los “…Art. 7 inc. 4), Art. 25; Art. 25; Art. 115, 116, 410, 123 de la CPE…” (sic), mismos en los que basa su petición.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- LA CESACIÓN A LA DETENCION POR EL TRANSCURSO DEL TIEMPO, EN BASE AL ARTÍCULO 239.3 Y 239 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL, SIN LAS MODIFICACIONES HECHAS POR LA LEY 007, EN VIRTUD AL PRINCIPIO DE RETROACTIVIDAD DE LA LEY PENAL CUANDO ESTA SEA MÁS FAVORABLE AL ACUSADO O ENCAUSADO, Y EN RESGUARDO A MI DERECHO EMANADO POR EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DE SER JUZGADO EN UN PLAZO RAZONABLE O SER PUESTO EN LIBERTAD
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados
- III.2.
- CONFIRMAR