SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2015-S3

Fecha: 08-Abr-2015

i)

El representante del SIN Chuquisaca, en audiencia, manifestó que: i) Se allanaron a lo expresado por el Ministerio Público en cuanto a que se deniegue la tutela; y, ii) El art. 251 del CPP, prevé el recurso de apelación sin que exista otro recurso superior, pretendiéndose a través de esta acción tutelar que se determine la afectación al derecho a la libertad como consecuencia de la supuesta vulneración del debido proceso; sin embargo, se debe tomar en cuenta que se revocó la Resolución de primera instancia en razón a que no fue fundamentada.