Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0384/2015-S1
Fecha: 21-Abr-2015
II.5
II.5. Mediante Auto TEDP 15/2014 de 17 de junio, el Tribunal Electoral Departamental de La Paz, rechazó el registro de las Resoluciones Municipales 17/2014 y 18/2014, emitidas por el Concejo Municipal de Umala, con el argumento de que para proceder a la suspensión definitiva del Concejal mediante resolución formal, el Concejo debió cumplir con el proceso interno previo (fs. 44 a 47).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III
- III.2.
- De lo manifestado, se concluye que la protección que brinda la presente acción tutelar no se activa cuando los efectos de la resolución o acto impugnado hubieren cesado, por lo tanto, cuando el acto hubiere quedado revocado o anulado, el amparo debe ser denegado; porque se supone que el acto lesivo de los derechos y
- III.3. Análisis del
- CONFIRMAR