SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0384/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0384/2015-S1

Fecha: 21-Abr-2015

III.3. Análisis del

Del análisis de los antecedentes cursantes en obrados, conforme las Conclusiones de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se evidencia que el accionante, fue elegido Presidente del Concejo Municipal de Umala el 16 de enero de 2014, para la gestión legislativa municipal de igual año; sin embargo, ante el supuesto abandono de tres sesiones ordinarias y una extraordinaria se procedió a la reorganización del Concejo removiéndolo de su cargo.

El impetrante reclamó la restitución de sus derechos como Presidente electo además de solicitar en reiteradas oportunidades que se proceda al pago de los salarios adeudados; asimismo, de los hechos anteriormente señalados se tiene que el corolario final de la problemática atañe al alejamiento definitivo de su función. Es así que vía acción de amparo constitucional, protesta la reposición de sus derechos vulnerados; sin embargo, se extrae de la Conclusión II.5 de la actual Sentencia Constitucional Plurinacional, que el Tribunal Departamental Electoral de La Paz, rechazó el registro de las Resoluciones Municipales 17/2014 de 4 de junio y 18/2014 de 13 de igual mes, en las cuales se lo alejaba de su cargo, a cuya consecuencia el referido Órgano municipal emitió la Resolución 25/2014 de 4 de julio, abrogando las Resoluciones antes citadas, que según refirió en audiencia el abogado de los demandados, en ningún momento fueron aplicadas; en consecuencia se concluye que éstos le permitieron seguir fungiendo como Concejal del Municipio de Umala, incluso antes de la interposición de la presente acción, siendo aplicable al caso de autos lo explicado en el Fundamento Jurídico III.2 de éste Fallo, referido a los efectos de la resolución o acto impugnado que hubieren cesado, o hubiere quedado revocado o anulado, correspondiendo en virtud a lo manifestado denegar la tutela.