SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0384/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0384/2015-S2

Fecha: 08-Abr-2015

concedió

La Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 74/2014 de 15 de septiembre, cursante de fs. 291 a 300, concedió la tutela solicitada, anulando el Auto Nacional Agrario S1a 40/2014 y disponiendo se emita uno nuevo. Fallo que fue emitido con los siguientes fundamentos: 1) En el caso que se analiza, la ley adjetiva es la vigente, ya que la demanda de desalojo por avasallamiento fue interpuesta el 19 de marzo de 2014, y la Ley Contra el Avasallamiento y Tráfico de Tierras, entró en vigencia el 30 de diciembre de 2013, y los actos violentos continuaron a la fecha de presentación de la demanda, como se estableció en la audiencia pública de inspección judicial, llevada a cabo el 27 de marzo de 2014; y, 2) Las autoridades demandadas, vulneraron: i) El debido proceso, principio jurídico procesal, según el cual, toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, a permitirle tener oportunidad de ser oído y a hacer valer sus pretensiones legítimas frente al juzgador; ii) El acceso a la justicia, derecho que tiene toda persona, independientemente de su condición económica, social o de cualquier índole, de acudir ante las autoridades competentes judiciales o administrativas para obtener la solución del problema jurídico planteado; y, iii) El derecho a la propiedad, que es un derecho público reconocido por el art. 56 de la CPE, por las acciones de hecho y violencia con que actuaron los demandados, por el avasallamiento de que fue objeto la accionante.