Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0384/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
II.1.
II.1. El 19 de marzo de 2014, Marcela María Elena Jofré de Arce, acreditando su derecho propietario sobre el inmueble ubicado en la comunidad de Calachapi del departamento de La Paz, interpuso ante la Jueza Agroambiental de Sica Sica, demanda de desalojo por avasallamiento de su propiedad contra Juan Chino Mamani y Eusebia Zelada Toledo, ocurrido en forma violenta el 2 de septiembre de 2013, que continuaba hasta esa fecha, con amenazas contra la integridad física de las personas (fs. 72 a 75).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el debido proceso
- Fragmento 11
- III.2. Derecho de acceso a la justicia vinculado a las medidas de hecho
- III.3. Derecho a la propiedad
- (CABANELLAS
- III.4. Análisis del caso concreto
- continua,
- continuas
- concedido
- CONFIRMAR