Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0384/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
II.2.
II.2. Por Auto de 24 de marzo de 2014, la mencionada Jueza Agroambiental admitió la demanda, señalando audiencia de inspección judicial para el 27 de marzo del mismo año, a horas 11:30 y siguientes, en el predio rural en conflicto, a la que concurrieron los demandados de desalojo, cual consta en el acta de ese actuado procesal donde se verificó el avasallamiento denunciado (fs. 82 y 132 a 135).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el debido proceso
- Fragmento 11
- III.2. Derecho de acceso a la justicia vinculado a las medidas de hecho
- III.3. Derecho a la propiedad
- (CABANELLAS
- III.4. Análisis del caso concreto
- continua,
- continuas
- concedido
- CONFIRMAR