SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0385/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0385/2015-S2

Fecha: 08-Abr-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Añade que, el acceso a la información bajo el control del Estado, que es de interés público, permite la participación en la gestión pública a través del control social que se puede ejercer, operando en ese marco el derecho de petición en una doble perspectiva, tanto como un deber del Estado de dar a conocer a la sociedad sus propias decisiones, así como conceder a los ciudadanos el derecho a acceder a la información pública; derecho transgredido en su caso, en el que conforme a lo expuesto en el párrafo anterior, no se otorgó respuesta material alguna a sus solicitudes, referentes a los informes y documentación requeridos, evidenciándose una actitud negligente del demandado en desmedro de la tarea de fiscalización que le compele realizar a efectos de transparentar la gestión pública.