Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2015-S2
Fecha: 29-Abr-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 109/2014 de 9 de septiembre, cursante de fs. 226 a 230 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jhosellyn García Vique contra Luís Enrique Cerruto Miranda, Rector de la Universidad Policial (UNIPOL) “Mcal. Antonio José de Sucre”; Carlos Arismendi Chumacero, Director; José Manuel Rioja Claure, Sub Director; Víctor Eduardo Tinéo Zeballos, Jefe del Departamento Académico, de la ANAPOL; Leonel Jimenez Velasco y José Zegarra, Representante, todos de la Academia Nacional de Policías (ANAPOL).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- RA 229/13 del 19 de diciembre,
- a)
- 1)
- conceder
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y sus elementos de fundamentación y motivación
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo. No es solamente poner en movimiento mecánico las reglas de procedimiento sino buscar un proceso justo,
- III.2. Análisis del Caso Concreto
- III.2.2. Con relación a los actos del Director Nacional de Instrucción y Enseñanza y Rector de la UNIPOL
- Fragmento 18
- CONFIRMAR