SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2015-S2
Fecha: 29-Abr-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera que el Concejo de la ANAPOL ha retrasado injustificadamente su reincorporación dispuesta mediante Resolución de recurso jerárquico 085/2013, por aproximadamente dos meses lo que le perjudicó en su rendimiento final, sobre todo en una materia que fue reprobada, lo que le atribuye a una supuesta animadversión; por lo que solicitó la revisión de su examen y posteriormente la reasignación de un nuevo docente para su evaluación; sin embargo, sus solicitudes fueron remitidas por el Jefe del departamento DIPES-ANAPOL, al Sub Director y Jefe de Estudios, para su consideración.
A consecuencia de ello, el citado Consejo, mediante RA 0229/2013, dispuso su retiro de la ANAPOL; la cual fue impugnada en la vía del recurso de revocatoria, donde por RA 007/2014 de 20 de enero, es confirmada en todas sus partes; a su vez estas resoluciones fueron confirmadas por Rector de la UNIPOL, mediante Resolución del recurso jerárquico 030/2014.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- RA 229/13 del 19 de diciembre,
- a)
- 1)
- conceder
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y sus elementos de fundamentación y motivación
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo. No es solamente poner en movimiento mecánico las reglas de procedimiento sino buscar un proceso justo,
- III.2. Análisis del Caso Concreto
- III.2.2. Con relación a los actos del Director Nacional de Instrucción y Enseñanza y Rector de la UNIPOL
- Fragmento 18
- CONFIRMAR