SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2015-S2
Fecha: 29-Abr-2015
II.2.
II.2. En consecuencia, el Rector de la UNIPOL “Mcal. Antonio José de Sucre”, emitió la Resolución de recurso jerárquico 085/2013 de 18 de septiembre, por la que resolvió, “revocar anulando en todas sus partes la Resolución Administrativa Nº 151/2013, emitida por el Consejo Académico de la Academia Nacional de Policías, venida en grado de recurso jerárquico” (sic), en razón a que como acto administrativo incurrió en infracción del ordenamiento jurídico constitucional como fue la imposición de la sanción ilegal e injusta y en su lugar dispuso, la reincorporación de la Cadete Jhosellyn García Vique debiendo retomar sus actividades académicas de la gestión 2013, conforme a reglamento (fs. 102 a 108).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- RA 229/13 del 19 de diciembre,
- a)
- 1)
- conceder
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y sus elementos de fundamentación y motivación
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo. No es solamente poner en movimiento mecánico las reglas de procedimiento sino buscar un proceso justo,
- III.2. Análisis del Caso Concreto
- III.2.2. Con relación a los actos del Director Nacional de Instrucción y Enseñanza y Rector de la UNIPOL
- Fragmento 18
- CONFIRMAR