Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2015-S3
Fecha: 04-May-2015
II.3.
II.3. Mediante Informe D.A.L. 1071/2014 de 21 de agosto, el Jefe del Departamento Jurídico de la U.M.R.P.S.F.X.CH., elevó informe al Rector de dicha Universidad sobre la alternativa de convocatoria a claustros como emergencia de la SCP 1570/2014, sugiriendo que el HCU apruebe la convocatoria; que se habilite el día sábado 23 de agosto de 2014 hasta horas 18:00, para que las autoridades en ejercicio que quieran habilitarse presenten sus renuncias y que el domingo 24 de ese mes y año, se publiquen las convocatorias (fs. 201 a 203).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR