Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2015-S3
Fecha: 04-May-2015
II.6.
II.6. Por notas presentadas el 23 de agosto de 2014, en el Rectorado de la U.M.R.P.S.F.X.CH., el Decano de la Facultad de Contaduría Pública y Ciencias Financieras, los Directores de las Carreras de Ingeniería Civil e Ingeniería Geológica, de Ingeniería Comercial, de Agronomía, de Electricidad y Electrónica, de Turismo, y el Coordinador de la Carrera de Sociología, presentaron sus renuncias a sus cargos para habilitarse como candidatos a los Claustros en esa Universidad (fs. 233 a 239).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR