SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0441/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0441/2015-S3

Fecha: 04-May-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En cumplimiento a la ley de partidos políticos, mediante Reunión de 18 y 19 de octubre de 2013, del Comando Nacional Ordinario del Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), “Edil Sandoval Morón”, eligió a los nuevos jefes, subjefes y demás autoridades partidarias; en consecuencia, mediante carta de 3 de diciembre de 2013 (fs. 116), Javier Hinojosa Santillán como delegado del MNR, solicitó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) el registro del Testimonio notarial 443/2013, de las nuevas autoridades partidarias.

Empero, el 18 de febrero de 2014, Walberto Gareca Cavero, Teodomiro Rengel Huanca y María Celeste Paravicini, como militantes activos del MNR, al amparo del art. 217 de la Ley del Régimen Electoral (LRE), interponen recurso extraordinario de revisión contra la resolución 31/2014 de 4 de febrero, emitida por el TSE, argumentando que la elección de las nuevas autoridades se llevó acabo vulnerando los estatutos orgánicos del citado partido.

El Tribunal Supremo Electoral, mediante Resolución TSE-RSP 067/2014 de 25 de febrero, previa revisión de la documental adjunta por los recurrentes (fs. 94 a 170), declaró procedente el mencionado recurso y dejó sin efecto la Resolución 34/2014 de 4 de febrero, por la cual se registró a las nuevas autoridades partidarias de MNR.