Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2015-S3
Fecha: 07-May-2015
Fragmento 13
El accionante, denuncia que realizó diferentes solicitudes tanto verbales como escritas al Director Departamental a.i. del INRA Cochabamba -hoy demandado-, requiriendo el mantenimiento, restitución y/o restablecimiento de canales de riego; empero, tales peticiones no fueron respondidas hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar; asimismo, señala que los encargados del expediente; dentro del cual se hizo la solicitud, no supieron dar razón del estado de sus peticiones, otorgándole únicamente evasivas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en caso de corregirse o enmendarse cualquier situación fáctica que configure los elementos esenciales de la pretensión del amparo, evidentemente desaparece el objeto de la tutela
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR