SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2015-S1

Fecha: 08-May-2015

III.2. De la inamovilidad laboral de mujer embarazada

Al respecto la Constitución Política del Estado en su art. 48.VI, a la letra dice: “Las mujeres no podrán ser discriminadas o despedidas por su estado civil, situación de embarazo, edad, rasgos físicos o número de hijas o hijos. Se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad”.