SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0454/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0454/2015-S1

Fecha: 08-May-2015

1)

No obstante las aclaraciones y descargos presentados, la autoridad judicial dictó Sentencia condenatoria signada como 006/2013 de 9 de abril, y giró en su contra el pliego de cargo 019/2013, rechazando aplicar el DS 26908 de 31 de diciembre, bajo la errónea interpretación referida a la irretroactividad de la ley, que fueron oportunamente impugnados, sin tener acogida en el Tribunal de apelación que dictó el Auto de Vista AV-SSA-249/2013 de 12 de noviembre, bajo los siguientes fundamentos inconsistentes: 1) Lo que está en cuestión es el cambio de la CNS por la Caja de Salud de Caminos y R.A. sin sustento legal ni aceptación del INASES, cuando se demostró que el mencionado instituto aprobó la afiliación de los trabajadores prefecturales a la Caja de Salud de Caminos y R.A.; consiguientemente, aprobó la desafiliación de la CNS; y, 2) No se desconoce el DS 26908, desde cuya promulgación no existe deuda de la ex-Prefectura a la mencionada entidad de salud, extrañándose que no haya dispuesto ningún aspecto con relación a los pagos ya realizados por la ex-Prefectura en la gestión 2001, que es causa del litigio, interpretación del Tribunal de apelación que es incorrecta respecto al citado Decreto Supremo, porque se entendería que a partir de su promulgación “a futuro” no existiría deuda alguna, lo que es absurdo porque a diario las instituciones estatales interactúan, de ahí emergen y se extinguen las obligaciones. 

Solicita se otorgue la tutela y consiguientemente: 1) Se deje sin efecto el Auto Supremo 07 de 27 de marzo de 2014, el Auto de Vista AV-SSA-249/2013, la Sentencia 006/2013, el Pliego de Cargo 019/2013, y la Nota de Cargo 001/2011, de 17 de enero y las medidas precautorias dispuestas, el embargo y/o retención de dineros efectivizado; y, 2) Se condene al pago de costas y multa.