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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0457/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0457/2015-S3

    Fecha: 07-May-2015

    II.2.

    II.2.  Cursa Auto de Vista 126 de 5 de abril de 2013; por el cual, los Vocales de la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -actualmente demandados- confirmaron el “…Auto de  fecha 09 de Noviembre de 2.012…” (sic) (fs. 199 y vta.); notificándose con el mismo, a los hoy accionantes el 8 de mayo del citado año (fs. 200 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • III.1. La inobservancia al principio de inmediatez es causal de denegatoria de la acción de amparo constitucional
    • el recurso no podrá ser presentado cuando el plazo de los seis meses esté superabundantemente vencido
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • transcurrieron ocho meses y veintiún días
    • III.2.1.
    • CONFIRMAR

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