SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2015-S1
Fecha: 12-May-2015
III.2. Principios de celeridad y "ama qhilla" que se lesionan en casos de dilación en solicitudes que involucran el derecho a la libertad
Dentro de la tipología de la acción de libertad, como medio procesal idóneo que tiene por finalidad acelerar los trámites judiciales o administrativos, en caso de existir dilaciones indebidas en vulneración del principio de celeridad y en consecuencia del derecho a la libertad, cuando se retrase o evite la resolución de la situación jurídica de la persona privada de este derecho, siendo que atañe a las autoridades judiciales aplicar y concretizar los valores y principios constitucionales en estos casos. Obrar en sentido contrario a lo mencionado, implica una demora en la definición jurídica de las personas privadas de libertad, viabilizando la interposición de la presente acción de libertad, a objeto de precautelar los derechos tutelados por la misma.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de libertad y su enfoque intercultural
- vinculados al derecho a la vida a la luz del paradigma del vivir bien,
- III.2. Principios de celeridad y "ama qhilla" que se lesionan en casos de dilación en solicitudes que involucran el derecho a la libertad
- III.2.1. Principio de celeridad
- no debiendo involucrar la detención preventiva una condena prematura en desmedro de los derechos de los implicados
- ama qhilla
- El juez o tribunal que sea competente para conocer de un proceso penal, lo será también para decidir todas las cuestiones e incidentes que se susciten en el curso de su tramitación
- En el primer momento intervendrá para conocer las incidencias y emergencias del proceso el juez instrucción en lo penal
- compete al juez de la causa intervenir y definir todas las problemáticas vinculadas a la detención preventiva y a las medidas cautelares en general, hasta que se ejecutoríe la sentencia condenatoria
- requirió su detención domiciliaria
- omitió actuar de manera diligente, escudándose en reglas procesales de competencia
- el juez o tribunal de la causa
- CONFIRMAR