SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2015-S3

Fecha: 05-May-2015

II.1.

II.1. Mediante Auto de 11 de septiembre de 2014, emitido por Roberto Valdiviezo Salazar, Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca -ahora demandado, dispuso la cesación de detención preventiva de Jorge Alvarado Fernández -hoy accionante-, disponiendo medidas sustitutivas a la detención preventiva, entre ellas, la detención domiciliaria, vigilancia policial y fianza personal, debiendo presentar dos garantes solventes con patrimonio y domicilio acreditado. Esta resolución se fundó en que: “…los cuadros epilépticos a pesar del control y tratamiento recibido se han venido repitiendo en los últimos meses de su detención con cierta frecuencia y en tal sentido, (…) al estar detenido preventivamente la posibilidad de que los ataques epilépticos sucedan en horas inhábiles y nocturnas es ciertamente probable, por ello, se valora en sentido favorable que el Estado simplemente ha provisto para este específico caso de un médico general al interior del penal, que además de no contar con la especialización debida, trabaja en horas laborales y ello, efectivamente puede atentar contra la integridad corporal del imputado (…) siendo ese el motivo primordial por el cual inclusive desde la óptica procesal se torna conveniente sustituir la medida extrema por otra menos gravosa por ser el derecho a la vida en su componente de integridad corporal de mayor peso a la hora del balance constitucional de derechos sobre la necesidad procesal…” (sic) (fs. 4 a 5)