Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0474/2015-s2
Fecha: 07-May-2015
a)
Solicitan “admitan” la presente acción y dispongan: a) Dejar sin efecto la providencia de 25 de noviembre de 2013, emitida por el Juez Décimo Primero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz; b) Reconocer la caducidad de anotación preventiva; y, c) La cancelación inmediata en el registro de DD.RR.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento.
- la acción de cumplimiento, tiene como objeto garantizar la materialización de la Constitución y la ley, protegiendo de esa manera el principio de legalidad y supremacía constitucional, la seguridad jurídica, y a su vez, de manera indirecta, derechos fundamentales y garantías constitucionales
- III.2. La acción de cumplimiento y las resoluciones judiciales
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo