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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0474/2015-s2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0474/2015-s2

    Fecha: 07-May-2015

    Fragmento 11

               La acción de cumplimiento y su naturaleza se encuentra determinada en el art. 134.I de la CPE, que señala: “La Acción de Cumplimiento procederá en caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la ley por parte de servidores públicos, con el objeto de garantizar la ejecución de la norma omitida”.

    • acción de cumplimiento
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento.
    • la acción de cumplimiento, tiene como objeto garantizar la materialización de la Constitución y la ley, protegiendo de esa manera el principio de legalidad y supremacía constitucional, la seguridad jurídica, y a su vez, de manera indirecta, derechos fundamentales y garantías constitucionales
    • III.2.  La acción de cumplimiento y las resoluciones judiciales
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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