Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante alega como lesionados sus derechos al acceso a la ajusticia, la tutela judicial efectiva, a la “seguridad jurídica”, al debido proceso en sus elementos de motivación, fundamentación y congruencia, citando al efecto los arts. 115.I; 128; y, 129.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- del debido proceso
- III.2. Principio de congruencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- son ciertos
- REVOCAR