SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2015-S2

Fecha: 07-May-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante estima que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos al acceso a la justicia, a la  tutela judicial efectiva, a la “seguridad jurídica”, al debido proceso en sus elementos de motivación, fundamentación y congruencia, al considerar que, en el proceso penal que siguió el Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta a Sandro Niki Salvatierra Zapata, por la presunta comisión del delito de incumplimiento de contrato y otros, el imputado interpuso excepción de incompetencia y falta de acción; consiguientemente, el Juez de la causa, sin una fundamentación clara y coherente, declaró probada la excepción de incompetencia y no así la falta de acción; por lo tanto, planteó apelación incidental contra dicha decisión judicial; sin embargo, los Vocales demandados, confirmaron el Auto apelado con una Resolución carente de motivación, sustento y congruencia.