Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0480/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
II.1.
II.1. El 30 de septiembre de 2013, la jueza técnica, Gladys Alba Franco, del Tribunal Primero de Sentencia del departamento de Santa Cruz, suspendió la audiencia extraordinaria de constitución de Tribunal, señalando nuevo día y hora de audiencia de constitución extraordinaria; en ese entendido, Bladimir Arispe Castro, ahora accionante, interpuso recurso de reposición contra dicha determinación, que mereció el Decreto de 2 de octubre de 2013, declarando no ha lugar en razón que la segunda audiencia extraordinaria no se realizó, por inasistencia injustificada de los ciudadanos (fs. 657 a 660).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente” y denegó
- II.1.
- II.3.
- III.
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- instrumento subsidiario y supletorio de protección; subsidiario porque no puede ser utilizado si previamente no se agotaron la vías ordinarias de defensa, y supletorio porque viene a reparar y reponer las deficiencias de esa vía ordinaria
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo