SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0481/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0481/2015-S1

Fecha: 15-May-2015

los elementos que componen al debido proceso son

La SCP 1727/2014 de 5 de septiembre, citando a la SC 0702/2011-R de 16 de mayo, haciendo mención a los elementos componentes del debido proceso, en el marco del principio de progresividad, refirió que: "…los elementos que componen al debido proceso son (…); derecho a la valoración razonable de la prueba; derecho a la motivación y congruencia de las decisiones (…); sin embargo, esta lista en el marco del principio de progresividad no es limitativa, sino más bien enunciativa, pues a ella se agregan otros elementos que hacen al debido proceso como garantía general y que derivan del desarrollo doctrinal y jurisprudencial de éste como medio para asegurar la realización del valor justicia, en ese     sentido la Corte Interamericana de derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de 1 de octubre de 1999, ha manifestado: 'En opinión de esta Corte, para que exista «debido proceso legal» es preciso que un justiciable pueda hacer valer sus derechos y defender sus intereses en forma efectiva y en condiciones de igualdad procesal con otros justiciables. Al efecto, es útil recordar que el proceso es un medio para asegurar, en la mayor medida posible, la solución justa de una controversia’”.

En ese contexto jurisprudencial, es preciso señalar que los derechos a la congruencia, a la valoración y a la motivación de resoluciones como elementos del debido proceso, determinan la obligación que tienen las autoridades jurisdiccionales y administrativas de emitir éstas con la adecuada exposición de los fundamentos legales, la cita de normativa aplicable y el vínculo de causalidad entre lo pedido por las partes, lo analizado y lo resuelto, a través de la correcta exposición de los motivos que sustenten sus fallos.