SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2015-S1

Fecha: 15-May-2015

II.1.

II.1. Por testimonio de poder 611/2014 de 21 de octubre, otorgado ante Javier Genaro Laura Chuca, Notario de Fe Pública 1, Jorge Martin Cari Ibarra dio poder a Sebastiana Cari Maizares a objeto de inscribir o suscribir y/o matricular el derecho propietario del mandante y de manera especial sobre el bien inmueble: "ubicado en la comunidad de Quellajas, sita en el Cantón Villazón, Provincia Modesto Omiste Potosí, de fecha 9 de junio de 1997 (…) registrado en Derechos Reales bajo la Partida Nº 298-4, FOLIO Nº 110 V. Libro Nº 46 (…) MAS PODER para apersonarse ANTE JUZGADOS AGRARIO EN LA CIUDAD DE COTAGAITA, JUZGADO DE PARTIDO DE LA CIUDAD DE VILLAZÓN.- con el objeto de proceder y demandar Accione de DEFENSA COMO AMPARO CONSTITUCIONAL (…) MAS PODER.- apersonarse ante el Ministerio Publico, Juzgados de Sentencia, Tribunales de Sentencia, FELCC de la ciudad de Villazón a objeto de iniciar, proseguir hasta su conclusión demandas, penales, denuncias, querellas, Acusación particular, por estelionato, avasallamiento, Usurpación de terrenos, falsedad material y/o ideológica de documentos en contra de personas que ateten contra el derecho propietario del Mandante (…) MAS PODER hacer uso de las ACCIONES DE DEFENSA como del Amparo Constitucional" (sic) (fs. 1 y vta.).