Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0489/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
II.5.
II.5. Mediante memorial presentado el 9 de octubre de 2013, la hoy accionante interpuso recurso de apelación contra la providencia de 4 del mismo mes y año, alegando los siguientes argumentos: a) Al omitir la sustanciación del incidente se desconocieron garantías jurisdiccionales, relacionadas a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y al derecho a la defensa, así como los principios en los que se sustenta la jurisdicción ordinaria; y, b) La providencia recurrida carece de total fundamentación (fs. 102 a 104).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho a la fundamentación de las resoluciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR