SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0495/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0495/2015-S2

Fecha: 07-May-2015

la vía constitucional opera solamente en aquellos casos en que, a pesar de haberse impugnado y agotado los mencionados medios o recursos ordinarios, no se haya reparado efectivamente la vulneración denunciada

Consiguientemente, se advierte que el accionante tiene aún la posibilidad de utilizar los medios que la justicia ordinaria le franquea para hacer valer sus derechos; por ello dentro de los fundamentos expresados se hizo incidencia en que la vía constitucional opera solamente en aquellos casos en que, a pesar de haberse impugnado y agotado los mencionados medios o recursos ordinarios, no se haya reparado efectivamente la vulneración denunciada; cosa que no ocurre en el caso concreto, habida cuenta que no es posible ingresar a un análisis de fondo, toda vez que se tiene los mecanismos jurisdiccionales para hacer efectivo sus reclamos, y tampoco la situación problemática planteada se adecúa a alguno de los tres presupuestos expresados en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional para poder excepcionalmente pronunciarse sobre lo denunciado.