Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2015-S1
Fecha: 22-May-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
En uso de la réplica manifestaron que, llamó la atención la intervención de ambos Fiscales, los cuales señalaron que no se demostró que las Resoluciones fueron incongruentes, señalando erróneamente el art. “323 y no 233” que de forma clara y precisa establece que, cuando el fiscal concluya la investigación, “decretara de manera fundamentada el sobreseimiento, cuando resulte evidente que el hecho no existió, que no constituye delito o que el imputado no participó en el, y cuando estime que los elementos de prueba son insuficientes para fundamentar la acusación”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la obligación de los Fiscales de fundamentar sus resoluciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR