SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0511/2015-S3
Fecha: 12-May-2015
III.2. Análisis del caso concreto
La problemática central de la acción tutelar que nos ocupa es la denuncia de falta de fundamentación y valoración de la prueba tanto en el Auto de 16 de octubre de 2014, pronunciado por la Jueza codemandada, como en el Auto de Vista 189/2014, dictado por los Vocales demandados, ante la solicitud de cesación a la detención preventiva, con el argumento de mantenerse firme el riesgo procesal previsto en el art. 239.2 del CPP, lo cual habría dado lugar a la vulneración de los derechos del accionante.
Antes de ingresar al fondo de la problemática, cabe establecer que el análisis se limitará al examen de la Resolución de alzada, ello debido a que son los Vocales los llamados a revisar, de acuerdo a los principios de pertinencia y congruencia, las resoluciones emitidas por los jueces en primera instancia, marco dentro del cual corresponde pronunciarse directamente sobre la Resolución de segunda instancia; pues, es a través de ésta que se deben analizar los supuestos de vulneración de derechos fundamentales en que pudieran haber incurrido los jueces cuya resolución se conoce en apelación; en ese sentido y conforme arrojan los datos del expediente, si bien no se tiene la citación de la Jueza codemandada con la demanda de la acción tutelar que nos ocupa, lo señalado no constituye un óbice para que este Tribunal Constitucional Plurinacional tome conocimiento y resuelva la misma.
Ahora bien, en efecto cursa en obrados el Auto de Vista 189/2014, pronunciado por las autoridades demandadas ante el recurso de apelación presentado por la parte accionante impugnando el Auto de 16 de octubre de 2014, en el que los Vocales demandados, al responder a los agravios presentados por el ahora accionante, señalaron que:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la obligación de fundamentación de las resoluciones sobre medidas cautelares por el Juez cautelar y el Tribunal de apelación
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- CONFIRMAR