SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0514/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0514/2015-S3

Fecha: 26-May-2015

II.3.

II.3.  El Banco FIE S.A. representado por Jaime Gary Zarco Bravo promovió recurso de casación en el fondo, alegando lo siguiente: 1) La entidad financiera obró de buena fe al adquirir el inmueble ofertado como dación en pago por prestación diversa a la debida, contando con el consentimiento de los propietarios, acto que fue otorgado ante Notario de Fe Pública y su consiguiente registro en DD.RR.; 2) Así no se haya contado con la participación de todos los herederos en la transferencia realizada a favor de Ángel Adrián Moscoso Monasterio y su esposa, tanto la Sentencia como el Auto de Vista 152 no pueden anular el 100% del derecho propietario y mucho menos ordenar la cancelación del asiento A-5, perteneciente a la dación en pago; y, 3) Los requisitos legales para obtener créditos es que el inmueble a ser dado en garantía esté inscrito en DD.RR., aspecto que se cumplió en el caso, por lo que no existió mala fe en la operación referida a la dación en pago, pues dicha operación se la realizó verificando los títulos del inmueble (fs. 343 a 344 vta.).