SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2015-S3

Fecha: 26-May-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Señaló que, estuvo en ejercicio de dicho cargo desde mayo de 2013 hasta abril de 2014, pero ante este acto ilegal realizado por Fernando Carrión Justiniano, Director General de Formación de Maestros-VESFP, presentó de manera oportuna recurso de “reclamación” y, ante el Ministerio de Educación mediante solicitudes de 11 y 21 de marzo de 2014, pidió se lo ratifique en el cargo que se encontraba desempeñando y si bien las mismas fueron respondidas, a la fecha de presentación del amparo constitucional se encuentra sin percibir salario desde marzo de dicho año.

El memorando ME/VESFP/DGFM/EFB 0074/2014, vulnera la Ley de Educación “Abelino Siñani-Elizardo Pérez” (LEd), que garantiza la inamovilidad funcionaria de los docentes del magisterio nacional y por último, también señala que no se estaría considerando sus méritos académicos, lesionando así el art. 45.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).