SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2015-S2

Fecha: 21-May-2015

denegó

La Jueza Técnica del Tribunal Primero de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 11/2014 de 6 de noviembre, cursante de fs. 59 a 62, denegó la tutela solicitada, en base al siguiente razonamiento: 1) Solicitada como fue la nulidad de las investigaciones, motivó que la Jueza Décima Quinta de Instrucción en lo Penal emita el Auto 355/14 de 12 de octubre de 2014, que notificado el ahora accionante no hizo uso del recurso de apelación incidental; de igual forma, del informe evacuado por la autoridad jurisdiccional demandada, se tiene que fue señalada audiencia para el 6 de noviembre de 2014, para considerar la objeción de querella y posteriormente a horas 16:00, para tratar la medida cautelar; 2) Se observa también que la actuación de los Fiscales fue de manera unilateral y no como una comisión, por lo que, tomando en cuenta que la Ley Orgánica del Ministerio Público en uno de sus principios establece la unidad de la jerarquía, cualquier miembro de la comisión podía llevar adelante los actos de investigación, por lo que cualquier reclamo a la adhesión de querella, pudo ser observado vía acción de amparo constitucional;  3) La actuación del Juez Décimo Sexto de Instrucción en lo Penal, es por la recusación efectuada a la Jueza Décima Quinta, circunscribiéndose a ordenar las notificaciones a las partes con el Auto dictado por dicha Jueza, con relación a la nulidad de actuaciones planteada, la cual está pendiente de un recurso de apelación contra el rechazo, como también está pendiente la audiencia de objeción de querella, al igual que la aplicación de medidas cautelares; y,            4) Entonces, establecida la subsidiariedad excepcional, corresponde denegar la tutela, dado que no se observa vulneración a derechos ni garantías constitucionales.