Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2015-S2
Fecha: 21-May-2015
II.2.
II.2. Carlos Zabala Oliva, el 9 de septiembre de 2014, denunció ante la Jueza Décima Quinta de Instrucción en lo Penal, usurpación de funciones y pidió nulidad de actuados y pronunciamiento sobre incidente de nulidad anterior, señalando que habiendo pedido la intervención de una comisión de fiscales para llevar adelante la investigación, solo se vio la participación de uno de ellos, violentando así sus derechos y garantías constitucionales (fs. 20 a 21).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- debe tenerse presente que opera igualmente el principio de subsidiariedad, de modo que previo a su interposición, deberán agotarse los medios idóneos dentro de la jurisdicción ordinaria donde se tramita la causa, y no pretender su tutela en el ámbito constitucional, cuando los reclamos no fueron activados oportunamente, habida cuenta que no puede utilizarse para salvar la negligencia de la parte demandante.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo